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El uso de plaguicidas
agrícolas se encuentra regulado por el D.L. N° 3.557/80
del Ministerio de Agricultura (MINAGRI), donde su artículo
34 establece que "los usuarios de
plaguicidas deberán emplearlos de acuerdo con las normas
técnicas señaladas en la etiqueta, adoptando las medidas
de seguridad en ella indicadas y respetando los plazos que deben
transcurrir entre la última aplicación y la cosecha".
Las personas están obligadas a:
Usar sólo productos registrados en Chile.
Usar el producto en la dosis y para los cultivos indicados en la
etiqueta.
Seguir las recomendaciones de la etiqueta para el período
de carencia y tasas de aplicación (respecto a residuos en
alimentos).
Respetar el período de reentrada indicado en la etiqueta
del producto.
Usar equipo de protección personal cuando se indique en la
etiqueta.
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